Nos complace detallar, a continuación, la información sobre las actuales disposiciones y requisitos para el trámite de patentes en Perú, que comprende la Decisión 486,Régimen Común de Propiedad Industrial, de la Comisión de la Comunidad Andina y el Decreto Legislativo 1075, Ley de Propiedad Industrial
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PLAZO DE DURACION: Las patentes se conceden ahora por veinte años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Los Modelos de Utilidad y Diseños Industriales se conceden por diez años contados a partir de la fecha de presentación.
NOVEDAD: La solicitud debe presentarse antes que la invención haya sido divulgada al público en cualquier lugar, mediante descripción oral o escrita, uso o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud en el Perú o de la prioridad reconocida. Las patentes se conceden desde el 1ro. de Enero de 1994 para toda clase de productos, incluyendo productos alimenticios, productos farmacéuticos y químicos y para los procesos de fabricación.
EXPLOTACION: La explotación de la invención patentada debe realizarse dentro de los tres años contados a partir de la fecha de concesión de la patente.
LICENCIA OBLIGATORIA : Si la patente no se ha explotado después de tres años contados desde la fecha de su otorgamiento o de cuatro años contados a partir de la solicitud de la misma, el que resulte mayor, la patente mantendrá su vigencia pero quedará abierta a la concesión de licencia obligatoria a terceras personas interesadas principalmente para la producción industrial del producto objeto de la patente o el uso integral del procedimiento patentado.
ANUALIDADES: Desde el 20 de Agosto del 2010 las anualidades deben pagarse al primer aniversario de presentación de la solicitud. Esto también se aplica a las solicitudes de entrada en fase nacional, y el primer año se computa a partir de la presentación de la solicitud Internacional. Al ingresar a la fase nacional es indispensable pagar la primera anualidad.